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Esta Resolución viene a desarrollar una de las medidas previstas por el Consejo de Ministros, en las reuniones del 13 y 20 de junio, para superar las dificultades que viene sufriendo el transporte por carretera, tanto de mercancías como de viajeros, consecuencia del acusado descenso de la actividad de este sector y por el alza continuada en el precio de los carburantes.
En virtud de esta disposición, los empresarios y trabajadores autónomos del sector transporte que así lo soliciten podrán diferir durante 24 meses el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social (correspondientes a las de junio/2008 a mayo/2009), debiendo realizar el ingreso, mensualmente, desde junio/2010 a mayo/2011.
Esta medida, han aclarado, ha de entenderse sin perjuicio de la obligación de las empresas de descontar y retener las aportaciones correspondientes a los trabajadores y de ingresar su importe en el plazo reglamentario.
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